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El derecho médico estudia las relaciones entre el médico y el paciente, el paciente y los planes de salud, la atención prestada en hospitales, clínicas y laboratorios, la búsqueda de medicamentos, tratamientos o procedimientos mediante la denominada judicialización de la salud, etc., así como como consecuencia de la verificación de las responsabilidades de cada profesional del área de salud.
La ley brasileña tiene una disciplina que regula las relaciones legales en salud, llamada ley médica.
Área aún poco conocida por la mayoría de la población, muchas veces los operadores de la ley solos se apropian de ella y la profundizan en sus propios cursos de especialización y no en la formación que ofrecen las escuelas de posgrado.
De manera simplista, se puede decir que el derecho médico estudia las relaciones entre el médico y el paciente, el paciente y los planes de salud, la atención brindada en hospitales, clínicas y laboratorios, la búsqueda de medicamentos, tratamientos o procedimientos llamando a la judicialización de salud, etc., así como la consecuencia de determinar las responsabilidades que tiene cada profesional del área de la salud en los ámbitos ético-administrativo, civil y penal.
La disciplina tiene unos principios rectores, entre los que destacamos la autonomía de la voluntad del paciente.
A lo largo de la historia, las ciencias médicas han evolucionado y las relaciones humanas necesarias para su realización se han movido en la misma dirección.
En el pasado, la voluntad del médico con respecto a un tratamiento o procedimiento a realizar era única e indiscutible, de ninguna manera considerando el pensamiento del paciente sobre lo que se ofrecería y realizaría ante la situación de salud que vivía. A lo largo de los años, los avances tecnológicos y las relaciones humanas en el área de la salud terminaron impactando en uno de los pilares de la medicina actual, donde hoy prevalece el principio de autonomía de la voluntad del paciente, dentro de un campo llamado a su vez bioética.
El diccionario define la autonomía como independencia, libertad o autosuficiencia, concepto que en el ámbito del derecho médico es de fundamental importancia para poder considerar la conducta y las consecuencias que de ella se derivan.
Salvo en casos de urgencia, recordando que este concepto se diferencia del concepto de urgencia porque tiene una connotación de tiempo menos inmediata que la que no puede tener su marco temporal de ninguna manera, se debe sopesar la voluntad del paciente.
Para que se materialice el principio de autonomía de la voluntad del paciente, éste debe tener un conocimiento claro e inequívoco sobre su estado de salud, sobre los procedimientos, medicamentos y tratamientos disponibles para revertir lo que vive, las consecuencias de lo que se hará o no se hará. .
El paciente tiene derecho a conocer, de forma clara, sencilla y objetiva, considerando que los dichos técnicos muchas veces están fuera de su ámbito, las consecuencias de su elección de hacer o no lo indicado en salud a su favor.
Dentro de sus conceptos de dignidad y bienestar, el paciente puede elegir si se somete o no a quimioterapia, radioterapia, trasplante, cirugía de columna, entre otros, y es su derecho tener un conocimiento pleno e inequívoco sobre las consecuencias de sus elecciones.
El conocimiento técnico del profesional que te atiende, las tecnologías disponibles en el lugar donde puedes realizar el tratamiento ofrecido, las dosis farmacológicas de los medicamentos disponibles no se pueden imponer sin discusión y sin aclaraciones.
En este sentido, el Estatuto del Anciano establece en su artículo 17 que a los ancianos que se encuentren en el dominio de sus facultades mentales se les garantiza el derecho a optar por el tratamiento de salud que se considere más favorable.
Vale la pena recordar que cuando se prohíbe al anciano, esta elección quedará en manos del curador, de los demás familiares cuando el anciano no tenga curandero o no pueda ser contactado de manera oportuna, al médico, cuando haya Es un riesgo inminente de vida y no hay tiempo para consulta al fideicomisario o familiar y también al propio vínculo del médico, cuando no se conoce fideicomisario o familiar, en cuyo caso deberá informar el hecho al Ministerio Público.
Esta opción es la materialización del principio de autonomía de la voluntad del anciano, que en el mismo sentido tiene como objetivo apoyar al anciano y cuidarlo, no solo enfocándose en la enfermedad y el tratamiento a su alcance.
La autonomía de la voluntad del paciente es de fundamental importancia no solo para determinar las consecuencias de las prácticas de salud, sino para respetar la voluntad de las personas mayores, de forma única y exclusiva, independientemente de lo que su familia, cuidador o médico considere responsable de su clínica. condición.
Escuchar a los ancianos y explicarles sus derechos a la salud debe ser la práctica de toda la comunidad, no solo médica, sino social y familiar, para que solo con la elección respetada, luego debidamente aclarada, el ejercicio efectivo de la autonomía de su voluntad y los principios rectores del derecho médico llevados a cabo en la conducción de las relaciones humanas, en momentos de indiscutible fragilidad que forman parte de ellas.