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En toda pregunta sobre la autonomía por parte de quien juzga al otro como alguien demasiado mayor para poder realizarla, hay una subjetividad inequívoca, basada en valoraciones y supuestos muchas veces infundados.
El tema del envejecimiento está directamente relacionado con el tema de la autonomía. Siempre que se estudie el tema, la pregunta que surgirá será “¿la persona es capaz de decidir sobre esto?”, “¿Tiene autonomía?”. Probablemente, todo el proceso de envejecimiento esté impregnado de este problema. Hay que tomar decisiones y, muchas veces, la persona no es capaz de asumir esta postura, ya sea porque está postrado, inconsciente o porque su estado físico y mental no se lo permite. ¿Quién tiene autonomía? Este artículo trata el tema de la autonomía y el envejecimiento a través del enfoque de la ley, especialmente frente a procedimientos restrictivos de toma de decisiones, representados por decisiones que muchas veces se apoyan en interdicciones.
Pero, ¿cuándo se van a desencadenar los procesos de restricción de derechos, en relación a la autonomía?
Desde el principio, afirmamos que la Ley no puede responder sola a esta pregunta. Sin embargo, puede brindarnos elementos que nos ayuden a tomar la decisión que honre la dignidad de la persona humana. Para eso, se presentan algunas situaciones que pueden, en principio, representar una amenaza para la persona, con la destrucción de su patrimonio. Pero, ¿cuánto de eso es una preocupación de la familia (y no de la persona que acumuló la riqueza y es la dueña de su disfrute y disposición?).
Partiendo de la necesidad de aprender de otras áreas, como Psicología, Asistencia Social, Terapia Ocupacional, Medicina, etc., el artículo presenta algunas preguntas que nos plantearán ante un problema muy complejo: ¿cuándo el anciano pierde la condición de manejo? sus activos?
Controversia un poco: imagina cuando la persona está involucrada en una relación amorosa, ¿quién decide qué? Estos puntos, que no serán resueltos por el artículo, revelan la complejidad del tema y probablemente nos conducirán a la insuficiencia de la Ley como única fórmula de solución.
La autonomía consiste en la práctica de actos que reflejan los deseos más íntimos, según las convicciones más subjetivas, los valores éticos y morales y la conciencia de la persona que concreta exactamente lo que más desea.
El concepto de autonomía se comprende más profundamente en las enseñanzas de Immanuel Kant, para quien la voluntad de todo ser humano debe ser concebida como una voluntad legislativa universal, dándole el nombre de principio de autonomía de la voluntad.[1].
Cada voluntad, por esta razón, es única e individual, como lo es cada ser que es efectivo. De esta forma, cualquier ejercicio de autonomía merece respeto y consideración, ya que es la razón en sí misma, como legislador universal de todos los actos realizados.
En un Estado Democrático de Derecho, la autonomía está intrínsecamente relacionada con la dignidad, entendiendo que «la dignidad puede ser considerada como el límite mismo del ejercicio de la autonomía», según Weber.
Sin embargo, en una sociedad que está comprobada envejecer como la brasileña, en la que una de cada cuatro personas tendrá 65 años o más a partir del año 2060.[2], no es infrecuente que quienes vivieron menos, ante actitudes practicadas de manera autónoma por quienes vivieron más tiempo, las consideren irrazonables, inadecuadas, indebidas, infundadas, ilegales, entre tantos otros conceptos comunes a esta práctica[3].
El paso del tiempo acaba trayendo, como de manera inmediata a quienes practican conceptos de esta naturaleza, una total imposibilidad de elección por parte de quienes se consideran viejos.
A medida que pasan los años, los que viven más, a ojos de muchos, ya no tienen la posibilidad de tener deseos, de poder expresar sus creencias y automáticamente, la posibilidad de realizar sus voluntades sin sufrir críticas ni recibir conceptos distorsionados. de la realidad a la práctica de sus actos.
En toda pregunta sobre la autonomía por parte de quien juzga al otro como alguien demasiado mayor para poder realizarla, hay una subjetividad inequívoca, basada en valoraciones y supuestos muchas veces infundados.
Notas
[1] KANT, Emmanuel. Fundamento metafísico de la moral. Traducción de Antonio Pinto de Carvalho. Companhia Editora Nacional. Disponible en http://www.dhnet.org.br/direitos/anthist/marcos/hdh_kant_metafisica_costumes.pdf. Consultado el 2 de abril de 2019. p. 30-31.
[2] 1 de cada 4 brasileños tendrá más de 65 años en 2060, señala el IBGE. Disponible en: https://g1.globo.com/economia/noticia/2018/07/25/1-em-cada-4-brasileiros-tera-mais-de-65-anos-em-2060-aponta-ibge .ghtml. Consultado el 2 de abril de 2019.
[3] A modo de ejemplo, recordemos innumerables situaciones en las que nosotros, de niños, adolescentes o adultos, al mirar a nuestros padres, abuelos o tíos, los censuramos solo porque los consideramos “mayores” y en cuántas veces pensamos, en el rostro de las decisiones que toman y las actitudes que practican “No quiero ser así cuando llegue a esta edad”.